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Servicios de regulación farmacéutica en la Unión Europea (UE) - Resumen

La Unión Europea cuenta con un marco normativo armonizado para los medicamentos de uso humano, que combina vías de autorización a escala de la UE con procedimientos nacionales coordinados. Las autorizaciones de comercialización se conceden a través de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y las autoridades nacionales competentes (ANC), en función del tipo de producto, la base jurídica y la estrategia de mercado.

Los solicitantes pueden optar por obtener la autorización a escala de la UE mediante el procedimiento centralizado (CP) o seguir vías coordinadas a nivel nacional, como el procedimiento descentralizado (DCP), el procedimiento de reconocimiento mutuo (PRM) o los procedimientos puramente nacionales (PN). La elección de la vía más adecuada requiere un análisis minucioso de los requisitos de elegibilidad, los riesgos normativos, los plazos de autorización y las implicaciones a lo largo del ciclo de vida en todos Member States.

En el marco del procedimiento centralizado, el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) EMAevalúa una única solicitud de autorización de comercialización (MAA), lo que da lugar a una decisión de la Comisión Europea válida en toda la UE y EEA. Por el contrario, las vías DCP, MRP y nacionales se coordinan a través de las autoridades nacionales competentes (NCA) en el marco de la Directiva sobre medicamentos de uso humano (CMDh), con normas de procedimiento definidas por la Directiva 2001/83/CE y la legislación de la UE conexa.

Freyr presta apoyo a los patrocinadores en todas las vías de autorización de la UE, coordinando la estrategia normativa, la preparación de los expedientes y la tramitación de las solicitudes para lograr aprobaciones previsibles y un cumplimiento normativo sostenible a lo largo de todo el ciclo de vida.

Procedimientos de autorización de la UE

  • Procedimiento centralizado (CP):
    Una únicaEEA tras la evaluación EMA y una decisión de la Comisión Europea, aplicable cuando se cumplen los requisitos obligatorios o se concede la elegibilidad.
  • Procedimiento descentralizado (DCP):
    . Autorizaciones de comercialización iniciales en varios Member States, coordinadas por un Estado miembro de referencia (RMS) con el acuerdo de Member States interesados Member States CMS) en el marco de la Directiva sobre medicamentos de uso humano (CMDh).
  • Procedimiento de reconocimiento mutuo (MRP):
    Extensión de una autorización nacional existente a otros Member States el reconocimiento coordinado.
  • Procedimiento nacional (PN):
    Autorización nacional gestionada directamente por la autoridad nacional competente correspondiente para productos que no se inscriben en estrategias a escala de la UE o multiestatales.

Las complejidades actuales

  • Las solicitudes del procedimiento centralizado deben enviarse a través de los canales electrónicos EMA(eSubmission Gateway o Web Client), incluidas las secuencias del ciclo de vida y ASMF .
  • Las solicitudes DCP, MRP y procedimientos nacionales se tramitan a través de sistemas electrónicos gestionados por la NCA, coordinados en el marco de los procedimientos de la HMA/CMDh, en lugar de EMA como IRIS para la presentación de expedientes.
  • Las solicitudes de ensayos clínicos se rigen por el Reglamento (UE) n.º 536/2014 sobre ensayos clínicos, y CTIS como punto único de entrada para los nuevos ensayos en todos Member States.
  • La transición EMAa los formularios web DADI compatibles con SPOR está modernizando la gestión de los datos de las solicitudes en la UE, sustituyendo los antiguos formularios de solicitud en formato PDF y aumentando la importancia de una alineación precisa de los datos maestros (RMS/OMS).

 

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Freyr Expertise: servicios de regulación farmacéutica en la UE

  • End-to-end para la elaboración, publicación y presentación de expedientes eCTD para solicitudes de autorización de comercialización (CP, DCP, MRP, NP), modificaciones (tipoIB), renovaciones y actividades relacionadas con el ciclo de vida a través de los canales de presentación EMA las autoridades nacionales competentes.
  • Estrategia de comercialización en la UE, incluida la evaluación del CP y la elegibilidad CP , la selección de los mercados de referencia (RMS) para DCP, la secuencia de las autorizaciones y la selección de los fundamentos jurídicos adecuados (genéricos, híbridos, biosimilares, uso bien establecido, consentimiento informado).
  • Gestión de solicitudes de ensayos clínicos con arreglo al Reglamento (UE) n.º 536/2014, lo que incluye CTIS , la elaboración del expediente, las respuestas a las solicitudes de información y la transición de los ensayos existentes al marco de la UE.
  • Gestión de los procedimientos EMA y reglamentarios EMA a través de IRIS, incluyendo el asesoramiento científico, la asistencia en la elaboración de protocolos, la designación de medicamentos huérfanos, las actividades del PIP y la coordinación de la elegibilidad para el programa PRIME.
  • Planificación y coordinación de la presentación de los expedientes maestros de sustancias activas (ASMF), garantizando que los procesos electrónicos cumplan con la normativa para los procedimientos centralizados y multiestatales.
  • Redacción del Módulo 1 y asistencia en el etiquetado de la UE, incluyendo el resumen de las características del producto ( SmPC, la prospecto (PL) y los textos del envase, ajustados a las plantillas EMA, así como a los requisitos nacionales relativos al recuadro azul, y gestión de la traducción multilingüe y de las maquetas.
  • Análisis de deficiencias de los módulos de calidad, no clínicos y clínicos con respecto a ICH la UE y ICH , con estrategias de corrección basadas en el riesgo y adaptadas a las vías de los medicamentos de uso humano ( CP las de los medicamentos de uso humano ( DCP).
  • Preparación para la presentación de solicitudes DADI y eAF, incluida la preparación de los datos del SPOR (RMS/OMS) y su adecuación a los requisitos EMA .
  • Gestión de los hitos de la evaluación centralizada (por ejemplo, las listas de preguntas y cuestiones pendientes de los días 120 y 180), incluyendo las respuestas coordinadas y la planificación de la suspensión del plazo.
  • Gestión del ciclo de vida tras la autorización de los productos autorizados a nivel central y nacional, que abarca modificaciones, renovaciones y el mantenimiento del ciclo de vida conforme a las directrices del CMDh, con el fin de garantizar el cumplimiento normativo continuo y la continuidad del suministro.

Freyr ofrece una estrategia regulatoria integrada a escala de la UE y servicios operativos a lo largo de todo el ciclo de vida del producto: desde la planificación de ensayos clínicos y CTIS , pasando por la estrategia y la ejecución de la solicitud de autorización de comercialización, hasta el mantenimiento del ciclo de vida tras la autorización. Adaptamos las vías regulatorias, los expedientes y los plazos de presentación a los requisitos EMA el CMDh para garantizar aprobaciones previsibles, una entrada eficiente en el mercado y un cumplimiento normativo sostenido en toda la UE.

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