Las declaraciones cosméticas son afirmaciones hechas por fabricantes o comercializadores sobre los beneficios y la eficacia de sus productos. En la Unión Europea (UE), las declaraciones cosméticas deben cumplir con las estrictas regulaciones establecidas en el Reglamento de Cosméticos 1223/2009, especialmente el Reglamento 655/2013, que especifica los criterios comunes para la justificación de las declaraciones utilizadas para productos cosméticos. El incumplimiento de estas regulaciones puede acarrear importantes sanciones económicas y daños a la reputación de las empresas. Este blog ofrece una visión general de los pasos que las empresas deben seguir para asegurar que sus declaraciones cosméticas estén respaldadas por suficiente evidencia.
En primer lugar, las empresas deben asegurarse de que sus afirmaciones sean veraces y no engañosas. Deben poder respaldar sus afirmaciones con pruebas científicas que sean sólidas, fiables y relevantes para el producto específico. Las pruebas pueden ser estudios clínicos, análisis instrumentales (de aparatos), pruebas de consumo y revisiones de literatura científica. La UE ha establecido directrices detalladas para la prueba de cosméticos, incluyendo directrices para probar su eficacia.
En segundo lugar, las empresas deben asegurarse de que sus afirmaciones sean honestas, justas y no exageradas. Deben utilizar un lenguaje claro, preciso y basado en la evidencia disponible, lo que permite al usuario final promedio tomar una decisión informada. Las afirmaciones que implican que un producto tiene un efecto terapéutico o medicinal, como «trata el acné» o «reduce la inflamación», no están permitidas para los cosméticos y solo pueden hacerse para medicamentos registrados.
En tercer lugar, las empresas deben asegurarse de que sus afirmaciones cumplen la normativa legal y son coherentes con el uso previsto del producto. El uso previsto se determina por el etiquetado del producto, las instrucciones de uso y los materiales promocionales. No se permiten afirmaciones que excedan el uso previsto.
Finalmente, las empresas deben mantener registros detallados de las pruebas que respalden sus afirmaciones, así como de los métodos de prueba utilizados. La información debe estar disponible para su inspección por las autoridades competentes, previa solicitud.
Por lo tanto, respaldar las declaraciones de cosméticos en la UE requiere una atención meticulosa a los detalles y una comprensión exhaustiva de las directrices establecidas en el Reglamento de Cosméticos 1223/2009. Las empresas deben asegurarse de que sus declaraciones sean legalmente conformes, veraces, honestas, justas y estén respaldadas por pruebas científicas sólidas, permitiendo así que el público objetivo tome decisiones informadas. El incumplimiento de estos criterios comunes puede tener graves consecuencias y, por lo tanto, es importante que las empresas inviertan su tiempo y recursos en asegurar que sus declaraciones estén plenamente respaldadas por la evidencia necesaria.
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