El 6 de abril de 2026, la Asamblea Legislativa de California modificó el proyecto de ley 1603 de la Asamblea para introducir restricciones exhaustivas al uso de sustancias perfluoroalquílicas y polifluoroalquílicas (PFAS) en los plaguicidas. El proyecto de ley propone prohibir el registro o la renovación del registro de plaguicidas que contengan PFAS añadidas intencionadamente y que no hayan sido aprobadas previamente. También introduce requisitos de etiquetado a partir del 1 de enero de 2028, que obligan a indicar que dichos productos contienen PFAS y pueden contaminar el medio ambiente. A partir del 1 de julio de 2028, los plaguicidas que contengan PFAS se clasificarían como materiales restringidos, lo que requeriría permisos para su uso y la divulgación pública de su aplicación. La legislación exige además que las autoridades reguladoras definan las condiciones de uso y puedan prohibir su uso en áreas específicas. A partir del 1 de enero de 2030, el proyecto de ley propone prohibir la fabricación, venta y uso de determinados plaguicidas que contengan PFAS incluidos en la lista. Una prohibición más amplia que abarque todos los plaguicidas con PFAS añadidos intencionadamente entraría en vigor a partir del 1 de enero de 2035. La medida tiene por objeto reducir la contaminación ambiental, limitar la exposición humana a los PFAS y eliminar progresivamente los productos químicos persistentes y peligrosos del uso agrícola.