La Autoridad de Seguridad Alimentaria y Normas de la India (FSSAI) ha publicado el Reglamento de modificación de la Ley de Seguridad Alimentaria y Normas (Concesión de licencias y registro de empresas alimentarias) de 2026, que introduce cambios significativos en el marco normativo que regula a los operadores de empresas alimentarias (FBO) en la India. La enmienda se ha promulgado en virtud del artículo 92(2), leído conjuntamente con el artículo 31 de la Ley de Seguridad Alimentaria y Normas de 2006, con la aprobación previa del Gobierno central, y sigue a las consultas sobre el borrador preliminar publicadas en 2020.

Una reforma clave de la enmienda es la revisión de los umbrales basados en el volumen de negocio para el registro y la concesión de licencias, que entrará en vigor el 1 de abril de 2026. Según la estructura revisada, las empresas alimentarias con un volumen de negocio anual de hasta 15 millones de rupias deberán FSSAI , mientras que aquellas con un volumen de negocio de entre 15 y 500 millones de rupias deberán obtener una licencia estatal. Las empresas con una facturación anual superior a 500 millones de rupias deberán obtener una licencia central. Los umbrales revisados pretenden reflejar el crecimiento del sector alimentario de la India y hacer frente a los cambios relacionados con la inflación desde que se introdujo el marco anterior.

La enmienda también establece la validez indefinida de FSSAI y registros FSSAI , sustituyendo al anterior sistema de renovación por un plazo determinado. Según las disposiciones revisadas, una licencia o un registro seguirá siendo válido a menos que sea suspendido, cancelado o renunciado. No obstante, el impago de las tasas anuales o la falta de presentación de las declaraciones obligatorias podrá dar lugar a una suspensión de pleno derecho hasta que se cumplan los requisitos de cumplimiento.

Otro cambio importante se refiere a los vendedores ambulantes de comida y a los vendedores callejeros. Los vendedores registrados en virtud de la Ley de vendedores ambulantes (protección de los medios de subsistencia y regulación de la venta ambulante) de 2014 se considerarán registrados en virtud de la Ley de seguridad y normas alimentarias, siempre que cumplan los requisitos de higiene y salubridad especificados en el anexo 4 del reglamento. Esta disposición tiene por objeto simplificar el cumplimiento normativo para un amplio segmento de las empresas alimentarias del sector informal.

La enmienda permite además a la Autoridad Alimentaria expedir certificados de registro inmediatos tras la presentación de la documentación requerida, con sujeción a los procedimientos especificados. Además, se ha ampliado la definición de «pequeño operador de empresas alimentarias» para incluir explícitamente a los camiones de comida, los carritos de comida, los vendedores ambulantes, los titulares de puestos temporales, los vendedores callejeros y las personas que distribuyen alimentos en reuniones sociales o religiosas, lo que aporta una mayor claridad normativa a las pequeñas empresas alimentarias y a las de carácter móvil.

Una nueva disposición establece asimismo un marco de inspección y auditoría basado en el riesgo. En virtud de este sistema, las inspecciones se llevarán a cabo periódicamente teniendo en cuenta factores como el tipo de empresa alimentaria, la categoría de riesgo de los alimentos manipulados, el historial de cumplimiento y los resultados de las auditorías realizadas por terceros. También se podrá exigir a las empresas alimentarias que se sometan a auditorías de seguridad alimentaria realizadas por organismos de auditoría externos FSSAI, cuyos costes correrán a cargo del operador.

La normativa actualizada tiene por objeto modernizar el sistema de concesión de licencias para las empresas alimentarias de la India, mejorar los mecanismos de cumplimiento y reducir la carga normativa para los pequeños operadores, al tiempo que se refuerza la supervisión de la seguridad alimentaria en todo el sector.

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FSSAI, India, concesión de licencias, registro, FBO, Reglamento de modificación de las normas de seguridad alimentaria y estándares (concesión de licencias y registro de empresas alimentarias), 2026,