El Ministerio de Seguridad Alimentaria y Farmacéutica (MFDS) ha publicado la Notificación n.º 2026-30, por la que se establecen los requisitos sanitarios para la importación de huevos comestibles y productos derivados del huevo procedentes de Brasil. La medida es consecuencia de una evaluación de la higiene de las importaciones realizada en virtud del artículo 11 de la Ley Especial sobre la Gestión de la Seguridad de los Alimentos Importados y establece condiciones exhaustivas para el acceso al mercado de los productos derivados del huevo procedentes de Brasil en Corea.
Según los nuevos requisitos, las normas sobre el país de origen establecen que los huevos comestibles destinados a la exportación deben producirse en Brasil, mientras que los huevos crudos utilizados en productos transformados deben proceder de Brasil o de países ya autorizados para exportar huevos a Corea.
El reglamento establece requisitos estrictos en materia de seguridad e higiene de los productos. Los huevos crudos deben proceder de aves sanas y ser aptos para el consumo humano. Los huevos y los productos derivados del huevo destinados a la exportación deben cumplir las normas coreanas relativas a residuos químicos, microorganismos patógenos y contaminantes. Además, las explotaciones avícolas dedicadas a la producción de huevos deben aplicar un programa de control de la salmonela, garantizando que las explotaciones estén libres de Salmonella Enteritidis, Salmonella Typhimurium y Salmonella Thompson durante al menos 90 días antes de la exportación. Los productos derivados del huevo también deben cumplir unas condiciones específicas de tratamiento térmico en función del tipo de producto.
El aviso detalla además los requisitos que deben cumplir las instalaciones de producción en el extranjero, las cuales deben estar oficialmente reconocidas y registradas por las autoridades coreanas tras superar las inspecciones correspondientes. Estas instalaciones deben aplicar un sistema de gestión de la seguridad alimentaria, como HACCP, conservar los registros durante un mínimo de dos años y someterse a inspecciones periódicas de higiene por parte de las autoridades del país exportador.
Con el fin de reforzar la supervisión de la seguridad, el reglamento introduce disposiciones sobre la gestión de residuos, por lo que exige a Brasil que ponga en marcha un programa nacional de control de residuos y que remita a Corea los resultados anuales de los controles. Además, deben establecerse sistemas de trazabilidad y de retirada de productos, que permitan el seguimiento desde las materias primas hasta la distribución del producto final.
Asimismo, se establecen requisitos detallados para la manipulación, el almacenamiento y el transporte, con el fin de garantizar unas condiciones higiénicas y evitar la recontaminación a lo largo de toda la cadena de suministro. La notificación incluye medidas coercitivas que exigen la suspensión de la certificación de exportación en caso de incumplimiento hasta que se hayan completado las medidas correctoras.
Por último, el reglamento establece los requisitos obligatorios que debe cumplir el certificado sanitario de exportación, entre los que se incluyen la verificación del origen, las medidas de control de patógenos y residuos, el cumplimiento de los requisitos de tratamiento térmico y la información completa sobre la trazabilidad de los productos y las instalaciones.
La medida no requiere una asignación presupuestaria adicional y se ha confirmado que no está sujeta a revisión en el marco de la reforma normativa. Se deriva de una notificación administrativa previa emitida en marzo de 2026. En general, el nuevo marco refuerza el sistema de control de las importaciones de Corea de alimentos de origen animal, al tiempo que ofrece una vía normativa clara para los exportadores brasileños de huevos que deseen acceder al mercado coreano.