La Comisión Europea ha adoptado el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1118, denegando la autorización de una alegación de salud que la creatina contribuye a la mejora de la función cognitiva. La decisión sigue a una solicitud presentada por Alzchem Trostberg GmbH en virtud del Reglamento (CE) n.º 1924/2006 y se basa en la evaluación científica realizada por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).
Después de revisar las pruebas disponibles, la EFSA concluyó que no se había establecido una relación de causa y efecto entre el consumo de creatina y las mejoras en los parámetros de rendimiento cognitivo, como la memoria, la atención, el estado de alerta, la velocidad de procesamiento, la función ejecutiva, la fluidez verbal y la inteligencia fluida. Como resultado, la alegación de salud no puede utilizarse en la comercialización, el etiquetado o la publicidad de alimentos dentro de la Unión Europea.

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UE-27, Reglamento (UE) 2026/1118, creatina, alegación de salud, función cognitiva, complementos alimenticios.