Polonia ha adoptado una nueva normativa sobre la calidad del agua destinada al consumo humano, con la que se transponen los requisitos de la Directiva (UE) 2020/2184 mediante modificaciones de la legislación nacional sobre el suministro de agua y un nuevo reglamento del Ministerio de Sanidad. El marco actualizado introduce un enfoque integral basado en el riesgo que abarca toda la cadena de suministro de agua, desde las fuentes de agua y las instalaciones de tratamiento hasta las redes de distribución y los grifos de los consumidores.
La normativa amplía los requisitos de control del agua potable mediante la introducción de nuevos parámetros, entre los que se incluyen el bisfenol A (máximo de 2,5 μg/L), los PFAS totales, el uranio, los ácidos haloacéticos (HAA) y la microcistina-LR, además de parámetros operativos de control adicionales, como la turbidez y los colifagos somáticos. Se exige la realización de análisis de HAA y microcistina-LR cuando existan condiciones de riesgo específicas, como procesos de cloración o riesgo de floración de cianobacterias.
Entre las medidas adicionales se incluyen requisitos más estrictos para los materiales y productos químicos utilizados en el tratamiento del agua, normas de acreditación de laboratorios más rigurosas, una supervisión sanitaria reforzada y normas de excepción revisadas que limitan las exenciones de las normas de calidad del agua a un máximo de dos autorizaciones. La legislación también exige la realización de evaluaciones de riesgo de los sistemas internos de suministro de agua en instalaciones prioritarias, como hospitales, residencias de ancianos, hoteles, colegios y edificios públicos, con requisitos específicos de control de los riesgos de exposición a la Legionella y al plomo.