El 23 de marzo de 2026, la Unión Europea notificó a la Organización Mundial del Comercio (OMC), en virtud del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC), un proyecto de Decisión de Ejecución de la Comisión relativo a la no aprobación del cloruro de poli(dimetiloctadecil[3-(trihidroxisilil)propil]amonio), generado a partir de cloruro de dimetiloctadecil[3-(trimetoxisilil)propil]amonio, como sustancia activa existente para su uso en productos biocidas. La medida ha sido propuesta por la Comisión Europea. El proyecto de decisión concluye que la sustancia activa no puede aprobarse para los tipos de producto 2, 7 y 9 en virtud del Reglamento (UE) n.º 528/2012 debido a lagunas significativas en los datos, incluida la ausencia de métodos analíticos validados e información insuficiente sobre las propiedades fisicoquímicas. Como resultado, no fue posible evaluar los riesgos para la salud humana y el medio ambiente, ni determinar si la sustancia es carcinógena, mutagénica o tóxica para la reproducción. Además, la eficacia no se ha demostrado adecuadamente. En consecuencia, los artículos tratados con o que incorporen esta sustancia activa ya no estarían permitidos en el mercado de la UE 180 días después de la adopción de la decisión de no aprobación. La medida tiene como objetivo proteger la salud humana y el medio ambiente, y garantizar la armonización reglamentaria en toda la Unión Europea. La fecha de adopción propuesta es junio de 2026, con la entrada en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y su aplicación 12 meses después de la adopción. Se invita a las partes interesadas a presentar comentarios en un plazo de 60 días a partir de la notificación, antes del 22 de mayo de 2026.
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