China ha publicado un proyecto de revisión de la norma nacional de seguridad alimentaria GB 13432 Etiquetado de Alimentos Preenvasados para Usos Dietéticos Especiales, que sustituye a la GB 13432-2013. La actualización propuesta introduce cambios significativos en el etiquetado, la declaración nutricional, las declaraciones de nutrientes y los requisitos de categoría de productos para alimentos destinados a usos dietéticos especiales.
El proyecto revisado se aplica al etiquetado, incluido el etiquetado nutricional, para alimentos dietéticos especiales preenvasados diseñados para personas con condiciones fisiológicas específicas, necesidades dietéticas relacionadas con enfermedades, lactantes, niños pequeños, poblaciones de edad avanzada, mujeres embarazadas y lactantes, y consumidores de nutrición deportiva.
El proyecto de norma introduce las siguientes enmiendas clave:
-Revisión de los requisitos generales de etiquetado;
-Revisión de los requisitos obligatorios de declaración de nutrientes;
-Revisión de los límites de tolerancia para el contenido de nutrientes declarado;
-Revisión de las exenciones para el contenido de etiquetado obligatorio;
-Revisión de los requisitos de declaraciones de contenido nutricional;
-Revisión de los requisitos de declaraciones de propiedades funcionales de nutrientes;
-Revisión del Apéndice A que cubre las categorías de alimentos para usos dietéticos especiales;
-Adición del Apéndice B que enumera las declaraciones de contenido nutricional y las declaraciones de propiedades funcionales permitidas.
-Alcance Ampliado de los Alimentos Dietéticos Especiales
El Apéndice A revisado clasifica los alimentos dietéticos especiales en varias categorías, incluyendo:
Alimentos para lactantes;
Alimentos complementarios para lactantes y niños pequeños;
Alimentos para fines médicos especiales (FSMPs);
Alimentos complementarios nutricionales para mujeres embarazadas, mujeres lactantes y poblaciones de edad avanzada;
Alimentos de nutrición deportiva;
Alimentos sin gluten y otros alimentos dietéticos especiales cubiertos por normas nacionales.
Requisitos de Etiquetado Obligatorio
a)Según el proyecto, los productos que cumplan la definición de alimentos dietéticos especiales deben indicar claramente:
“Alimento Dietético Especial” en el panel principal de visualización;
Nombre de la categoría de producto apropiada;
Tabla de Información Nutricional en formato de recuadro.
El etiquetado nutricional obligatorio debe incluir:
1.Energía;
2.Proteínas;
3.Grasas;
4.Grasas saturadas (o ácidos grasos saturados);
5.Carbohidratos;
6.Azúcares;
7.Sodio;
Otros nutrientes requeridos por las normas de producto aplicables.
El proyecto propone tolerancias actualizadas de cumplimiento de nutrientes durante la vida útil:
a)El contenido real de nutrientes (excluyendo grasas, grasas saturadas, azúcares y sodio) no debe ser inferior al 80% de los valores declarados;
b)Las grasas, grasas saturadas, azúcares y sodio no deben exceder el 120% de los valores declarados.
Restricciones sobre las Declaraciones
La propuesta prohíbe explícitamente las declaraciones de contenido nutricional y las declaraciones de propiedades funcionales para:
Alimentos para lactantes; Alimentos para lactantes para fines médicos especiales.
El Apéndice B introduce nuevas declaraciones de contenido y propiedades funcionales permitidas para ingredientes como:
a-Galactooligosacáridos (GOS);
b-Fructooligosacáridos (FOS);
c-Polidextrosa;
d-Rafinosa;
e-β-glucano de levadura;
f-DHA.
Ejemplos de declaraciones permitidas incluyen:
“La fibra dietética ayuda a mantener la función intestinal normal”;
“DHA contribuye al desarrollo visual normal en lactantes.”