El 22 de abril de 2026, la Comisión Europea adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/870 de la Comisión, por el que se renueva la autorización de la sustancia activa «aceite de parafina» (CAS 8042-47-5) en virtud del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 relativo a los productos fitosanitarios. La renovación es el resultado de un exhaustivo proceso de evaluación científica y reglamentaria en el que han participado Member States la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). El aceite de parafina, incluido anteriormente en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE y recogido en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 540/2011, debía expirar el 30 de noviembre de 2026. Se presentó una solicitud de renovación a Grecia, en calidad de Estado miembro ponente, y a Francia, en calidad de co. Tras la evaluación, EFSA que se espera que los productos fitosanitarios que contienen aceite de parafina cumplan los criterios de aprobación establecidos en la legislación de la UE. La Comisión determinó que la sustancia cumple los requisitos de seguridad para al menos un uso representativo y, por lo tanto, reúne las condiciones para la renovación de la aprobación. Cabe destacar que se han eliminado las restricciones anteriores que limitaban su uso como insecticida y acaricida, lo que permite una aplicación más amplia. Sin embargo, la renovación incluye condiciones específicas, en particular el requisito de datos confirmatorios adicionales sobre los hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) para adaptarse a la evolución de las normas científicas y garantizar la seguridad de los consumidores. El Reglamento también modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 540/2011 en consecuencia, reflejando el estado y las condiciones de autorización actualizados.
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