El 28 de abril de 2026, la Comisión Europea adoptó el Reglamento (UE) 2026/909 de la Comisión, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1223/2009 para actualizar los requisitos de seguridad de múltiples sustancias utilizadas en productos cosméticos. La revisión refleja las opiniones científicas recientes emitidas por el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (SCCS) y tiene como objetivo fortalecer la protección del consumidor al tiempo que garantiza la disponibilidad continua del producto. Los cambios clave incluyen nuevas restricciones sobre el salicilato de bencilo, limitando su concentración debido a posibles riesgos para la salud, y la prohibición del fosfato de trifenilo tras datos de seguridad no concluyentes sobre la genotoxicidad. El silicato de plata, zinc y aluminio amónico (zeolita de plata y zinc), previamente prohibido, ahora está permitido como conservante bajo condiciones estrictas. También se introducen límites actualizados para el aluminio y las sales de zinc solubles en agua, particularmente en productos orales como pasta de dientes y enjuague bucal, para abordar las preocupaciones sobre la exposición sistémica. La regulación establece además límites de concentración para ingredientes de fragancias como el aceite de vetiver acetilado y el citral, basados en riesgos de sensibilización. Varias sustancias para tintes capilares, incluyendo HC Blue No 18, HC Yellow No 16, HC Red No 18 e Hidroxipropil-p-fenilendiamina, están recién reguladas con niveles máximos de uso definidos. Además, se introducen restricciones para las impurezas en el filtro UV DHHB, limitando específicamente el contenido de ftalato de di-n-hexilo (DnHexP) a 10 ppm.
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