El 5 de abril de 2026, el Ministerio del Medio Ambiente de Perú aprobó el reglamento de aplicación del Decreto Legislativo n.º 1570 sobre la gestión integral de sustancias químicas, cuya entrada en vigor está prevista para octubre de 2026. Las obligaciones fundamentales —clasificación, etiquetado, fichas de datos de seguridad (FDS) y notificación al Registro Nacional de Sustancias Químicas (RENASQ)— se introducirán gradualmente entre 2028 y 2031, sin sanciones durante la transición. El marco se ajusta al Sistema Globalmente Armonizado (SGA, 6.ª revisión), que exige etiquetas en español y la actualización de las FDS cada cinco años. Entre las características clave se incluyen exenciones para sustancias de origen natural y muestras de investigación, un sistema de notificación basado en umbrales y la presentación de informes anuales al RENASQ para sustancias de mayor volumen. El Listado de Clasificación Anticipada (LCA) orienta el cumplimiento temprano, y las primeras notificaciones deben presentarse antes de septiembre de 2028. Un mecanismo de Representante Exclusivo en el Extranjero (REE) permite la presentación de datos confidenciales, mientras que la priorización de sustancias químicas para la evaluación de riesgos comenzará a partir de 2032.

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Ministerio de Medio Ambiente; Fichas de datos de seguridad (FDS); Registro Nacional de Sustancias Químicas (RENASQ); Gestión de sustancias químicas