El 5 de abril de 2026, el Ministerio del Ambiente de Perú aprobó el reglamento que implementa el Decreto Legislativo N.º 1570 sobre la gestión integral de sustancias químicas, con entrada en vigor prevista para octubre de 2026. Las obligaciones principales —clasificación, etiquetado, Hojas de Datos de Seguridad (SDS) y la notificación al Registro Nacional de Sustancias Químicas (RENASQ)— se implementarán gradualmente entre 2028 y 2031, sin sanciones durante la transición. El marco se alinea con el Sistema Globalmente Armonizado (SGA, 6.ª revisión), requiriendo etiquetas en español y SDS actualizadas cada cinco años. Las características clave incluyen exenciones para sustancias de origen natural y muestras de investigación, un sistema de notificación basado en umbrales y la presentación anual de informes al RENASQ para sustancias de mayor volumen. El Listado de Clasificación Anticipada (LCA) orienta el cumplimiento temprano, con las primeras notificaciones previstas para septiembre de 2028. Un mecanismo de Representante Exclusivo Extranjero (REE) permite la presentación confidencial de datos, mientras que la priorización de sustancias químicas para la evaluación de riesgos comenzará a partir de 2032.