Myanmar ha notificado a la Organización Mundial del Comercio, mediante la notificación G/TBT/N/MMR/13, un nuevo requisito de etiquetado para los productos alimenticios preenvasados (códigos del SA 15-22). De conformidad con la Directiva (1/2026) y con la puesta en marcha del sistema de presentación electrónica gestionado por el Departamento de Administración de Alimentos y Medicamentos, los operadores de empresas alimentarias deben incluir un código de producto alimenticio en las etiquetas de todos los alimentos preenvasados a los que se aplique este requisito.

El Código de Producto Alimentario debe obtenerse a través del sistema en línea de notificación de productos alimentarios y puede figurar en las etiquetas de los productos mediante impresión directa, pegatinas o un código QR. Este requisito tiene por objeto mejorar la verificación por parte de los consumidores, la trazabilidad y el control regulador basado en el riesgo, al tiempo que facilita un mejor acceso al mercado y el comercio internacional.

Las autoridades han concedido un plazo de gracia de un año y seis meses para el cumplimiento de la normativa. Una vez finalizado este período de transición, el incumplimiento de la obligación de indicar el código del producto alimenticio en las etiquetas dará lugar a medidas coercitivas de conformidad con el artículo 31 de la Ley Nacional de Alimentación.

La medida tiene por objeto permitir a los consumidores verificar fácilmente los productos alimenticios, mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en la cadena de suministro alimentario, y reforzar la capacidad de la autoridad reguladora para llevar a cabo la trazabilidad y la vigilancia basada en el riesgo de los alimentos preenvasados en Myanmar.

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