El 29 de enero de 2026, Filipinas notificó a la Organización Mundial del Comercio (OMC) y distribuyó un borrador de Orden Administrativa Ministerial (DAO) en el que se proponía la prohibición de la importación y la fabricación de cápsulas recargables para cigarrillos electrónicos y líquidos para vapeo. La medida, emitida por la Oficina para el Mandato Especial sobre Productos Vaporizados con y sin Nicotina (OSMV) dependiente del Departamento de Comercio e Industria, tiene por objeto proteger la salud pública garantizando que solo permanezcan en el mercado los productos vaporizados con y sin nicotina que cumplan la normativa. El borrador surge a raíz de informes sobre productos de vapeo que supuestamente contienen cannabinoides sintéticos, los cuales plantean graves riesgos para la salud. La DAO propuesta hace referencia a la Ley de la República n.º 11900 y a normativas técnicas anteriores del DTI sobre la certificación obligatoria de productos. Está previsto que se apruebe en febrero de 2026 y entrará en vigor inmediatamente tras su publicación en el Boletín Oficial o en periódicos de amplia difusión. El plazo para que las partes interesadas presenten sus comentarios finaliza el 4 de febrero de 2026.

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