El 23 de febrero de 2026, la Organización Mundial del Comercio (OMC) distribuyó una notificación TBT en nombre del miembro notificador Israel (Ministerio de Economía e Industria). La notificación se refiere a una propuesta de enmienda a la Ley de Normas que introduce una importante reforma reglamentaria de conformidad con la Decisión Gubernamental n.º 3386. La reforma se aplica a los bienes de consumo sujetos a las normas israelíes obligatorias, incluyendo: i. Productos para niños y bebés ii. Productos de limpieza y materiales peligrosos para uso público/minorista (excluyendo los artículos que requieren un permiso de toxicidad del Ministerio de Protección Ambiental) iii. Ollas a presión, cascos de bicicleta, encendedores, etc. iv. Materiales plásticos, cerámicos y de vidrio en contacto con alimentos y bebidas v. Gafas de sol y monturas metálicas para gafas vi. Escaleras y taburetes vii. Dispositivos de retención de vehículos. La enmienda añade una ruta de cumplimiento alternativa que permite la importación y producción de los productos enumerados si se fabrican en los Estados Unidos o Israel y cumplen con las reglamentaciones federales de los US pertinentes (especificadas en los títulos CFR). Esto reduce los requisitos reglamentarios previos a la importación y traslada el enfoque a la vigilancia del mercado basada en el riesgo. Principales cambios legislativos: 1. Adición del Capítulo D2 a la Ley de Normas para la adopción de las reglamentaciones federales de los US. 2. Nuevo Anexo 8 que enumera las reglamentaciones de los US adoptadas con requisitos técnicos específicos del producto: a) Título 16 CFR (Prácticas Comerciales): Productos para niños/bebés, materiales de limpieza/peligrosos, ollas a presión, cascos de bicicleta, encendedores, etc. b) Título 21 CFR (Alimentos y Medicamentos): Materiales en contacto con alimentos, gafas de sol/monturas metálicas. c) Título 29 CFR (Trabajo): Materiales de limpieza/peligrosos, escaleras/taburetes. d) Título 49 CFR (Transporte): Dispositivos de retención de vehículos. e) Título 40 CFR (Medio Ambiente): Productos de limpieza/peligrosos para minoristas (excluyendo artículos con permiso de toxicidad). 3. Nuevos Anexos 9 (infracciones – actualmente vacío) y 10 (legislación secundaria – actualmente vacío). 4. Enmienda indirecta al Decreto de Importación y Exportación para incorporar la reforma. Objetivo y justificación: Armonización con las normas de los US; reducción de barreras comerciales; facilitación del comercio; ahorro de costes; y mejora de la productividad. Fecha límite para comentarios: 24 de abril de 2026.

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Organización Mundial del Comercio (OMC); Ministerio de Economía e Industria (MEI); Normas de bienes de consumo; Ministerio de Protección Ambiental; Permiso de toxicidad