El 9 de abril de 2026, la Organización Mundial del Comercio (OMC) distribuyó el Adenda G/TBT/N/PER/163/Add.1, en la que se notificaba la publicación y la entrada en vigor del «Reglamento del Decreto Legislativo n.º 1570, por el que se aprueba la Ley de Gestión Integrada de Sustancias Químicas». La medida fue comunicada por Perú en el marco del Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC). El adenda confirma que el reglamento definitivo se publicó el 8 de abril de 2026, mediante el Decreto Supremo n.º 005-2026-MINAM emitido por el Ministerio del Ambiente de Perú. El reglamento establece las disposiciones de aplicación del marco nacional sobre la gestión integrada de sustancias químicas, notificado inicialmente como proyecto con el número G/TBT/N/PER/163 en agosto de 2024. El reglamento establece el marco jurídico y operativo para la gestión de las sustancias químicas a lo largo de su ciclo de vida, incluidas las medidas de control de la producción, la importación y la manipulación, así como los requisitos de protección del medio ambiente. Refuerza el sistema de gobernanza de la seguridad química del Perú y armoniza los procedimientos nacionales con los principios de gestión integrada de productos químicos. La medida entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial «El Peruano».

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Organización Mundial del Comercio (OMC); Ministerio del Ambiente (MINAM); Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR); Decreto Legislativo n.º 1570; Gestión de sustancias químicas; Ley de Gestión Integrada de Sustancias Químicas; Decreto Supremo n.º 005-2026-MINAM; Normativa medioambiental; Gobernanza en materia de seguridad química