El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que la legislación checa que obliga a las empresas a notificar a las autoridades con 24 horas de antelación la recepción de complementos alimenticios procedentes de otros Member States de la UE Member States incompatible con el Derecho de la Unión.
El Tribunal ha considerado que este requisito general de notificación previa no es estrictamente necesario para llevar a cabo controles oficiales de alimentos con arreglo al Reglamento (UE) 2017/625 y solo puede justificarse en casos excepcionales que impliquen riesgos específicos. Según la sentencia, los sistemas comunitarios existentes de evaluación de riesgos, intercambio de información y controles oficiales ya ofrecen medios adecuados y menos restrictivos para garantizar la seguridad alimentaria.
La decisión refuerza el principio de libre circulación de mercancías dentro de la Unión Europea, evita barreras comerciales desproporcionadas entre Member States y limita la capacidad de las autoridades nacionales para imponer requisitos generales de notificación previa a los envíos intracomunitarios de complementos alimenticios.

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