Servicios reglamentarios farmacéuticos en Irlanda

Servicios reglamentarios farmacéuticos en Irlanda: Descripción general

A pesar de un crecimiento moderado, la demanda constante de productos medicinales ha convertido a Irlanda en un mercado viable para productos farmacológicos y biológicos. Antes de comercializar productos medicinales en el país, los fabricantes deben obtener la aprobación de la Autoridad Reguladora de Productos Sanitarios (HPRA) de Irlanda mediante la presentación de una solicitud de autorización de comercialización (MAA). Conforme a la Directiva 2001/83/EC, cualquier producto medicinal nuevo deberá registrarse a través de una solicitud de autorización de comercialización (MAA) siguiendo determinados procedimientos:  

  • Artículo 8(3) para nuevas entidades químicas (NCE)
  • Artículo 10 para medicamentos genéricos, híbridos y biológicos similares  

Además, el titular de la autorización de comercialización (MAH) debe cumplir con todos los requisitos establecidos por la Unión Europea (UE) y el Espacio Económico Europeo (EEA) considerando al Reino Unido como un tercer país después del 30 de marzo de 2019. 

En un intento por adaptarse a los cambios reglamentarios globales, la HPRA está implementando acciones dinámicas que modifican sus reglamentos, lo que puede requerir un seguimiento reglamentario por parte de los solicitantes para garantizar el cumplimiento continuo.

Para ayudar a los fabricantes a gestionar estos cambios de forma eficaz, Freyr ofrece inteligencia reglamentaria eficaz para unas mejores prácticas de cumplimiento fundamentadas y acceso al mercado con apoyo reglamentario garantizado durante la estrategia, las presentaciones y la gestión del ciclo de vida.

Servicios reglamentarios farmacéuticos en Irlanda

Experiencia de Freyr

  • Presentaciones iniciales (MAA) a través de varios procedimientos: nacional, procedimiento de reconocimiento mutuo (MRP), procedimiento descentralizado (DCP) y procedimiento centralizado (CP) para productos innovadores, híbridos y genéricos
  • Asesoramiento reglamentario y apoyo estratégico sobre planes y procedimientos de presentación
  • Actividades administrativas previas a la presentación, como la interacción con las autoridades sanitarias, la reserva de turnos para solicitudes, la selección de los Estados miembros de referencia (RMS) y de los Estados miembros afectados (CMS), y la solicitud a la autoridad sanitaria para actuar como RMS
  • Evaluación del producto y de los datos de origen de I+D y de la planta de fabricación para cumplir los requisitos de presentación y reglamentarios específicos de la UE
  • Compilación y presentación de expedientes a las autoridades sanitarias en formato eCTD de acuerdo con los requisitos de la Autoridad Reguladora de Productos Sanitarios (HPRA) de Irlanda
  • Consultoría durante el desarrollo y la fabricación de medicamentos
  • Presentaciones iniciales de APIs: presentaciones de ASMF y CEP 
  • Persona cualificada (QP) y persona cualificada de farmacovigilancia (QPPV) en la UE
  • Presentación de solicitudes de modificaciones posteriores a la autorización con estrategias y recopilación o envío para:  
    • Transferencias de titulares de la autorización de comercialización (MAH)
    • Cambios de calidad posteriores a la autorización, tales como: 
      • Cambio de planta de fabricación, adición o supresión de plantas, modificación del tamaño de lote, cambios en los procesos de fabricación, así como cambios administrativos y de etiquetado
    • Actualizaciones de monografías, es decir, conformidad con la Farmacopea Europea
    • Modificaciones en el sistema de cierre del envase
    • Cambio de proveedor del material de envasado primario
    • Ampliación o reducción de la vida útil
    • Incorporación de un nuevo proveedor para la sustancia activa
    • Inclusión de una fuente adicional para el material de partida de la sustancia farmacológica
  • Análisis de impacto del Brexit y presentación de los cambios pertinentes a las autoridades sanitarias (HA), tales como: cambio en el Estado miembro de referencia (RMS), cambios en el MAH, adición o sustitución de los centros de liberación y análisis de lotes, cambios en la persona cualificada (QP), en la persona responsable de farmacovigilancia (QPPV) y en el archivo maestro del sistema de farmacovigilancia (PSMF) (notificación del artículo 57)
  • Mantenimiento del ciclo de vida mediante la presentación de solicitudes de renovación
  • Apoyo en la gestión de las deficiencias de la HPRA con estrategia reglamentaria y preparación y presentación de la respuesta 

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