En una firme apuesta por combatir la deforestación y promover la sostenibilidad, el Parlamento Europeo y el Consejo han aplicado el Reglamento (UE) 2023/1115. Este blog analiza en detalle las complejidades de esta reglamentación y su profundo impacto en la comercialización y exportación de materias primas vinculadas a la deforestación, afectando especialmente a la formulación y el comercio de complementos alimenticios.
Una revolución ecológica en la reglamentación
El compromiso de la Unión Europea (UE) con la contención de la deforestación y la reducción del impacto ambiental ha llevado a la promulgación del Reglamento (UE) 2023/1115. Esta legislación tiene como objetivo minimizar la contribución de la UE a la deforestación mundial, así como reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y la pérdida de biodiversidad. Resulta interesante señalar que esta legislación se extiende al ámbito de los complementos alimenticios, un tema que exploraremos más a fondo en este blog.
Comprender los dos objetivos que guían el Reglamento (UE) 2023/1115
El reglamento tiene como fin lograr un doble propósito, tal como se mencionó anteriormente: por un lado, mitigar el papel de la UE en la deforestación y la degradación forestal a escala mundial y, por otro, reducir su contribución a las emisiones de gases de efecto invernadero y a la pérdida de biodiversidad en el planeta. Centrado en materias primas específicas como el ganado bovino, el cacao, el café, la palma aceitera, el caucho, la soja, la madera y los productos que contengan dichas materias primas, hayan sido alimentados con ellas o se hayan elaborado utilizándolas, el reglamento impone normas estrictas para su introducción, comercialización y exportación, prohibiendo por completo los productos que no cumplan con la normativa.
Entender la aplicabilidad del reglamento a los complementos alimenticios
Ciertas materias primas esenciales para la producción de complementos alimenticios están sujetas a esta reglamentación. Algunos de los ingredientes de uso común que se encuentran bajo supervisión son los granos de cacao, la pasta de cacao, la manteca, el cacao en polvo, el café, el aceite de palma, el aceite de soja y el ácido oleico industrial. Los fabricantes deben cumplir condiciones estrictas para comercializar productos alimenticios que utilicen estos ingredientes sin contratiempos: no deben haber causado pérdida de biodiversidad ni deforestación, deben cumplir con la legislación pertinente del país de origen y deben estar cubiertos por una declaración de diligencia debida.
Debida diligencia
Antes de comercializar o exportar productos con las materias primas especificadas, los operadores deben llevar a cabo una diligencia debida. Esto implica recopilar, organizar y conservar durante cinco (05) años información sobre los productos en cuestión, que incluya su descripción, cantidad, país de producción, geolocalización y los datos de los proveedores. Los operadores también deben realizar evaluaciones de riesgos y adoptar medidas de mitigación para garantizar el cumplimiento, evaluando los criterios específicos descritos en el artículo 10 del reglamento. Cada país no perteneciente a la UE se clasificará en una (01) de las tres (03) categorías de riesgo (clase I, II o III) en función de la prevalencia de la deforestación, las reclamaciones de los pueblos indígenas, la fiabilidad de la información, los problemas de corrupción y elusión de la reglamentación.
Afrontar las consecuencias del incumplimiento
El incumplimiento del Reglamento (UE) 2023/1115 puede acarrear graves consecuencias para los distribuidores de complementos alimenticios. Las autoridades pueden exigir medidas correctoras para subsanar el incumplimiento, como la retirada de productos, su destrucción o su entrega a las autoridades. Las sanciones pueden ir desde multas proporcionales al daño ambiental hasta la confiscación de productos o ingresos, la exclusión de la contratación pública o incluso la prohibición temporal de comercializar productos.
Hacia un sistema alimentario sostenible
En resumen, el Reglamento (UE) 2023/1115 marca un cambio transformador en la comercialización, importación y exportación de materias primas y productos relacionados con la deforestación, lo que repercute significativamente en el sector de los complementos alimenticios. Dado que estas restricciones entrarán en vigor el 30 de diciembre de 2024, el sector debe adaptarse de forma proactiva y adoptar una nueva era de sistemas alimentarios sostenibles y comercio responsable. Para cumplir con la normativa, puede ponerse en contacto con los expertos reglamentarios de Freyr para garantizar que sus productos cumplan con el criterio de estar libres de deforestación, se elaboren conforme a la legislación pertinente y cuenten con el respaldo de una declaración de diligencia debida. ¡Póngase en contacto con Freyr hoy mismo!
