Brexit y las reglamentaciones sobre cosméticos: ¿Cuáles son los cambios?
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El Brexit ha supuesto cambios significativos en la UE y en el Reino Unido en lo que respecta a la normativa relacionada con los cosméticos, los productos farmacéuticos, los productos de higiene personal y los productos sanitarios. El Reino Unido decidió abandonar la UE en 2016 y salió oficialmente del bloque comercial el 31 de enero de 2020. Ambos países acordaron mantener algunas disposiciones sin cambios hasta el 31 de diciembre de 2020.

Cambios significativos que se han producido en el sector de la cosmética en el Reino Unido en 2021

Tras el Brexit, se han producido algunos cambios significativos en el Reino Unido, que se enumeran a continuación.

Persona Responsable (RP)

  • Es necesario designar un representante autorizado (RP) en el Reino Unido para comercializar los productos cosméticos en Gran Bretaña (GB). Lo mismo se aplica a las empresas de Irlanda del Norte.
  • Si el responsable del cumplimiento (RP) que comercializa el producto cosmético en Irlanda del Norte tiene su sede en el Espacio Económico Europeo, dicho producto deberá comercializarse en el mercado de Gran Bretaña.

Etiquetado de productos: persona responsable (RP)

  • Los productos cosméticos que se comercialicen en el mercado británico deben llevar en su etiquetado el nombre y la dirección de una persona responsable en el Reino Unido (UKRP).
  • Se aprueba una disposición transitoria hasta el 31 de diciembre de 2022, según la cual los requisitos relativos al nombre y la dirección solo se considerarán satisfactorios cuando cumplan los requisitos mencionados en el artículo 19, apartados 1 y 2, del Reglamento europeo sobre cosméticos n.º 1223/2009. El nombre del responsable del producto (RP) solo será válido durante el período transitorio mencionado anteriormente.
  • Los productos cosméticos comercializados en Irlanda del Norte deben llevar en su etiquetado el nombre y la dirección de una persona responsable con sede en Irlanda del Norte o en Europa.

Etiquetado de productos: país de origen

  • Todos los cosméticos importados deben indicar el país de origen en la etiqueta. Si los productos se importan de la UE, se debe indicar el país de origen; además, la Autoridad Sanitaria (HA) no aceptará que la etiqueta lleve la indicación «Fabricado en la UE».

Notificación 

  • El portal «Submit Cosmetic Product Notification» del Gobierno del Reino Unido (SCPN) está diseñado para la notificación de productos cosméticos. El servicio « SCPN » está plenamente operativo desde el 1 de enero de 2021. Todos los productos que se vayan a comercializar en el Reino Unido deben notificarse a SCPN antes de su comercialización.
  • Los productos cosméticos que sigan comercializándose en el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021 deberán volver a notificarse en un plazo de 90 días antes de que finalice el período de transición.

Busca el cumplimiento normativo en cada paso

Los cosméticos, los productos de higiene personal y los productos de uso doméstico deben ser seguros y eficaces. Los fabricantes, distribuidores e importadores de cosméticos deben garantizar una entrada segura en el mercado siguiendo las mejores prácticas de cumplimiento normativo. Por lo tanto, mantente al día de las normativas y requisitos posteriores al Brexit para lanzar con éxito tus cosméticos en los mercados del Reino Unido y de la UE. Reach Ponte en contacto con Freyr para obtener asesoramiento regulatorio y experiencia regional contrastada.

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