Últimas actualizaciones reglamentarias sobre ingredientes cosméticos en la UE y el Reino Unido: Perspectivas de cumplimiento y tendencias de la industria
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La industria cosmética en la Unión Europea (UE) y el Reino Unido (RU) es reconocida por sus estrictos estándares reglamentarios, diseñados para garantizar la seguridad y calidad de los productos. Mantenerse al día con las últimas regulaciones de ingredientes es fundamental para las marcas de cosméticos que buscan mantenerse conformes mientras satisfacen las expectativas cambiantes de los consumidores. Este blog profundiza en las últimas actualizaciones reglamentarias, la información sobre el cumplimiento y las tendencias emergentes que configuran el panorama cosmético en la UE y el RU.

Autoridades y Marco Reglamentario

Los cosméticos en la UE están regulados por el Reglamento de Cosméticos de la UE (CE) n.º 1223/2009, un marco integral que rige desde la seguridad del producto hasta el etiquetado. Después del Brexit, el Reino Unido introdujo su propia versión, conocida como el Reglamento de Cosméticos del Reino Unido (UKCR), que refleja gran parte del marco de la UE e incorpora matices específicos de cada país.

Ambos marcos enfatizan la seguridad de los ingredientes, exigiendo a las marcas que realicen evaluaciones exhaustivas para garantizar que los productos sean seguros para el uso del consumidor.

Actualizaciones reglamentarias recientes sobre ingredientes

Ampliación de la Divulgación de Alérgenos (UE):

La UE ha introducido nuevos requisitos de etiquetado para los alérgenos de fragancias en productos cosméticos a través del Reglamento (UE) 2023/1545 de la Comisión, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1223/2009. Este reglamento amplía la lista de alérgenos de fragancias que deben etiquetarse individualmente cuando su concentración supera el 0,001 % en productos sin aclarado y el 0,01 % en productos con aclarado. Se establece un período de transición que permite la comercialización de productos hasta el 31 de julio de 2026 y la retirada de productos no conformes antes del 31 de julio de 2028.

Prohibición de microplásticos (UE):

La Unión Europea ha introducido una prohibición exhaustiva de los microplásticos añadidos intencionadamente en los productos, que entró en vigor el 17 de octubre de 2023. Esta prohibición, establecida en el Reglamento (UE) 2023/2055 de la UE, incluye varios períodos transitorios para la eliminación progresiva de los microplásticos en función de la categoría del producto, como 4 años para los cosméticos que se aclaran, 6 años para los productos sin aclarado como protectores solares y desodorantes, y 12 años para los productos de maquillaje. La legislación tiene como objetivo reducir significativamente la contaminación por microplásticos y se basa en conocimientos científicos, con aportaciones de partes interesadas como científicos y ONG.

Reglamentos específicos del Reino Unido:

La próxima prohibición en el Reino Unido del suministro y la venta de toallitas húmedas que contienen plástico: El Gobierno prohibirá el suministro y la venta de toallitas que contienen plástico en todo el Reino Unido. Sin embargo, no prohibirá la fabricación de toallitas que contienen plástico para exportación. Las Naciones Delegadas presentarán cada una su legislación para hacer cumplir la prohibición. Se espera que la legislación esté en vigor en todo el Reino Unido para finales de 2024 y tendrá un período de transición de 18 meses a partir del momento en que se apruebe cada pieza legislativa por separado.

Perspectivas de Cumplimiento para Empresas

  • Trazabilidad de los Ingredientes: Las marcas deben mantener registros detallados de las fuentes de los ingredientes, los datos de seguridad y el cumplimiento de las regulaciones respectivas.
  • Ajustes de Etiquetado: La ley exige un etiquetado actualizado para reflejar las nuevas divulgaciones de alérgenos.
  • Enfoque en la sostenibilidad: Con regulaciones cada vez más estrictas sobre el impacto ambiental, la incorporación de alternativas ecológicas y empaques reciclables es una estrategia de cumplimiento proactiva.
  • Contratación de representantes locales: Para el cumplimiento en el Reino Unido, las marcas deben designar a una Persona Responsable (RP) con sede en el Reino Unido, encargada de garantizar el cumplimiento reglamentario.

Tendencias de la industria

  • Movimiento de Belleza Limpia: Los consumidores priorizan los productos con un mínimo de aditivos sintéticos, lo que impulsa a las marcas a reformular con ingredientes naturales.
  • Digitalización del cumplimiento: Se están utilizando herramientas digitales e inteligencia artificial para simplificar las presentaciones reglamentarias y garantizar el seguimiento del cumplimiento en tiempo real.
  • La sostenibilidad como diferenciador: El abastecimiento sostenible de ingredientes y las innovaciones en empaques se están volviendo fundamentales para las narrativas de marca.

Consideraciones finales.

El entorno reglamentario en la UE y el Reino Unido sigue evolucionando, impulsado por un compromiso con la seguridad del consumidor, la transparencia y la sostenibilidad. Para las marcas de cosméticos, adelantarse a estos cambios no se trata solo de cumplimiento, sino de generar confianza y fomentar la lealtad del consumidor a largo plazo.

Al adoptar las actualizaciones reglamentarias y alinearse con las tendencias emergentes de la industria, las empresas pueden prosperar en los mercados altamente competitivos de la UE y el Reino Unido. Asociarse con expertos reglamentarios, como Freyr, puede simplificar el proceso de cumplimiento, permitiendo a las marcas centrarse en la innovación y el crecimiento en este emocionante panorama.