La Autoridad de Seguridad Alimentaria y Normas de la India (FSSAI) ha instruido a las autoridades de seguridad alimentaria de los estados y territorios de la Unión para que refuercen la vigilancia y la aplicación de la ley contra el uso de agentes de maduración artificial no autorizados o prohibidos en las frutas. El aviso, emitido en mayo de 2026, destaca la preocupación por el uso ilegal de carburo de calcio y etefón para la maduración de frutas como mangos y plátanos.
FSSAI reiteró que el carburo de calcio está prohibido en virtud del Reglamento de Seguridad Alimentaria y Normas (Prohibición y Restricciones de Venta) de 2011, debido a graves riesgos para la salud, incluyendo dificultad para tragar, vómitos, úlceras cutáneas y otros efectos adversos.
La autoridad también expresó su preocupación por la práctica de sumergir frutas en solución de etefón para la maduración artificial. FSSAI aclaró que su guía solo permite la aplicación directa de etefón en forma gaseosa y no permite sumergir frutas o verduras en formulaciones en polvo o líquidas.
Se ha instruido a las autoridades estatales para que realicen inspecciones en mercados, mandis, instalaciones de almacenamiento, mayoristas, distribuidores y cámaras de maduración, especialmente durante la demanda estacional de frutas. También se ha aconsejado a los organismos de aplicación que realicen pruebas con tiras de papel para detectar la presencia de gas acetileno en almacenes o cámaras de maduración, lo que podría indicar el uso ilegal de carburo de calcio.
Según el aviso, la presencia de carburo de calcio en las instalaciones o junto a las cajas de fruta puede considerarse prueba para iniciar acciones legales en virtud de la Ley de Seguridad Alimentaria y Normas de 2006.