El 11 de junio de 2026, la Agência Nacional de Vigilância Sanitária (ANVISA) de Brasil publicó la Resolución de la Junta Colegiada n.º 1.030, de 11 de junio de 2026, que modifica el Anexo de la RDC n.º 529/2021. La resolución incorpora la Resolución MERCOSUR/GMC n.º 07/25, actualizando la lista de sustancias prohibidas en productos de higiene personal, cosméticos y perfumes. La actualización añade a la lista de sustancias prohibidas varios compuestos de boro (incluidos el ácido bórico, los boratos y sus derivados), ciertos poliuretanos, ketoconazol, cloruro de metileno, Butilfenil Metilpropional e Hidroxiisohexil 3-ciclohexeno carboxaldehído. También introduce modificaciones y exclusiones de otras sustancias como el peróxido de benzoilo, el metileugenol, la hidroquinona y el ácido azelaico. Los fabricantes disponen de un período de transición de 12 meses para adaptar los productos existentes, con un período ampliado de 18 meses para los productos que contengan Butilfenil Metilpropional e Hidroxiisohexil 3-ciclohexeno carboxaldehído. Esta resolución tiene como objetivo reforzar la seguridad del consumidor al alinear la normativa brasileña con las normas técnicas actualizadas del MERCOSUR sobre sustancias prohibidas en productos cosméticos. El incumplimiento puede dar lugar a infracciones sanitarias según la legislación brasileña.