La Agencia Reguladora de Salud de Brasil (ANVISA) ha puesto en marcha la consulta pública n.º 1400/2026, en la que se proponen modificaciones a la normativa sobre etiquetado de alimentos. La propuesta exigiría la declaración cuantitativa de los ingredientes cuando estos se destaquen en las etiquetas e introduciría nuevos requisitos de etiquetado para los alimentos irradiados. Se aceptan comentarios públicos hasta el 19 de octubre de 2026. 1. Declaración cuantitativa de ingredientes (QUID): obligatoria cuando un ingrediente se destaque mediante texto, imágenes o gráficos, o cuando así lo exijan normas alimentarias específicas. La cantidad del ingrediente debe expresarse como porcentaje basado en la cantidad mínima añadida durante la producción. Los valores ≥10 % deben redondearse a números enteros; los valores del 10 % deben indicarse con un decimal. La declaración debe aparecer cerca de la referencia del ingrediente destacado. 2. Etiquetado de alimentos irradiados: Los alimentos tratados con irradiación deben incluir una indicación en el panel de presentación principal, cerca del nombre del producto. La indicación debe utilizar un tamaño de letra de al menos un tercio del texto más grande de la etiqueta y no inferior a 6 puntos. Se puede utilizar el símbolo internacional de irradiación (Radura), pero no puede sustituir a la indicación obligatoria. Los ingredientes irradiados utilizados en otros alimentos deben identificarse en la lista de ingredientes. Los productos de un solo ingrediente elaborados a partir de materias primas irradiadas también deben declarar el tratamiento de irradiación.