La Comisión Europea ha adoptado el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1427 de la Comisión, por el que se autoriza el hidrolizado de membrana de huevo producido enzimáticamente como un novel food y se incluye en la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470. El Reglamento entra en vigor el 23 de julio de 2026. El novel food está autorizado para su uso en complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE, destinados a la población adulta en general, con exclusión de las mujeres embarazadas y lactantes y de los menores de 18 años. La ingesta diaria máxima se fija en 500 mg/día. Los productos que contengan el novel food deberán etiquetarse como «hidrolizado de membrana de huevo» e incluir una indicación de que el complemento no debe ser consumido por menores de 18 años, mujeres embarazadas ni mujeres en periodo de lactancia. Dado que el ingrediente se deriva del huevo, se aplican los requisitos de etiquetado de alérgenos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1169/2011. La autorización se basa en datos científicos de carácter propietario presentados por Eggnovo SL, a la que se han concedido cinco años de protección de datos. En consecuencia, solo dicha empresa podrá comercializar el novel food en el mercado de la UE hasta el 23 de julio de 2031, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización basada en datos generados de forma independiente.

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