El 18 de mayo de 2026, la Organización Central de Control de Estándares de Medicamentos de la India (CDSCO), bajo la Dirección General de Servicios de Salud, emitió un aviso público que aclara el alcance reglamentario, el uso permitido y los requisitos de cumplimiento para los productos cosméticos bajo la Ley de Medicamentos y Cosméticos de 1940 y las Normas de Cosméticos de 2020. La CDSCO reiteró que los cosméticos se definen legalmente como productos destinados a ser frotados, vertidos, espolvoreados, rociados o aplicados de cualquier otra forma al cuerpo humano para limpiar, embellecer, promover el atractivo o alterar la apariencia, incluyendo los componentes utilizados en las formulaciones cosméticas. La agencia enfatizó que los productos suministrados como preparaciones inyectables no entran dentro de la definición de cosméticos y no están permitidos para su administración por consumidores, profesionales o clínicas de estética. La CDSCO aclaró además que los cosméticos no pueden promocionarse ni utilizarse con fines de tratamiento y están restringidos únicamente a sus funciones cosméticas previstas. El aviso también destacó que las listas de ingredientes generalmente no reconocidos como seguros (GNRAS) y restringidos son publicadas por la Oficina de Normas de la India (BIS).
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