El Ministerio de Industria, Inversión y Comercio (MIIC) de Jamaica ha abierto una consulta pública sobre un Proyecto de Reglamento Técnico para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados, y se aceptarán comentarios del 12 de mayo de 2026 al 11 de julio de 2026. El reglamento sustituirá las normas jamaicanas existentes para alimentos preenvasados, zumos de frutas y productos de cervecería.

El borrador introduce requisitos obligatorios para:
1. nombre e identidad del producto;
2. declaraciones de ingredientes y alérgenos;
3. Declaración Cuantitativa de Ingredientes (QUID);
4. cantidad neta;
5. marcado de la fecha;
6. información nutricional;
7. país de origen; y
8. instrucciones de almacenamiento.

La divulgación obligatoria de alérgenos se aplicaría a cereales que contienen gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, sésamo, mostaza, apio, altramuces y sulfitos por encima de 10 mg/kg.
La propuesta también exige la declaración obligatoria de aditivos como el aspartamo, el glutamato monosódico (MSG), el benzoato de sodio, el nitrito de sodio, el bromato de potasio y los fosfatos.
Según las disposiciones de QUID, los fabricantes deben declarar los porcentajes de ingredientes cuando estos se destacan mediante palabras, gráficos o imágenes en las etiquetas.
Toda la información de etiquetado obligatoria para los alimentos vendidos en Jamaica debe aparecer en inglés.

Para las bebidas alcohólicas que contengan un 0,5% de alcohol por volumen (ABV) o más, las etiquetas requerirían advertencias sobre el embarazo, el consumo de alcohol por menores, la salud y la conducción bajo los efectos del alcohol, junto con símbolos gráficos de advertencia. Los tamaños mínimos de los logotipos de advertencia oscilarían entre 5 mm y 10 mm, dependiendo del tamaño del envase. Los zumos de frutas y néctares elaborados a partir de concentrado necesitarían declaraciones como “a partir de concentrado” o “reconstituido”, mientras que los néctares de frutas deben mostrar declaraciones de “contenido de zumo __%” cerca del nombre del producto.

El borrador también exige la aprobación del etiquetado por parte de la Oficina de Normas de Jamaica (BSJ) antes de la comercialización e introduce medidas de aplicación que incluyen retiradas del mercado, reetiquetado, sanciones y restricciones de mercado para productos no conformes.

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Jamaica, Etiquetado de Alimentos Preenvasados, Alérgenos Obligatorios, Advertencia sobre Alcohol, QUID, Requisitos de Idioma