El 19 de mayo de 2026, el Gabinete de Japón aprobó un Decreto del Gabinete que modifica parcialmente la Orden de Ejecución de la Ley de Examen y Regulación de la Fabricación de Sustancias Químicas (Ley de Control de Sustancias Químicas). La enmienda designa los ácidos perfluorocarboxílicos de cadena larga (LC-PFCA) y sus sales, las sustancias relacionadas con los LC-PFCA, el clorpirifós y las parafinas cloradas de cadena media (MCCP) como Sustancias Químicas Específicas de Clase I, lo que refleja las decisiones adoptadas en virtud del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP). Según la orden modificada, estas sustancias estarán sujetas a las medidas de control químico más estrictas de Japón debido a su persistencia, potencial de bioacumulación y toxicidad a largo plazo. La designación impone restricciones a la fabricación, importación y uso de estas sustancias y establece prohibiciones de importación para productos específicos que las contengan. Los productos afectados incluyen lubricantes que contengan LC-PFCA, sustancias relacionadas con LC-PFCA o MCCP, y conservantes de madera que contengan clorpirifós. La enmienda también exige que ciertos extintores, agentes extintores y agentes extintores de espuma que contengan LC-PFCA o sustancias relacionadas cumplan con las normas técnicas establecidas por el gobierno durante un período de transición. El Decreto del Gabinete está programado para ser promulgado el 22 de mayo de 2026 y entrará en vigor el 22 de noviembre de 2026. La medida alinea el marco de gestión química nacional de Japón con las obligaciones internacionales en virtud del Convenio de Estocolmo y refuerza los controles sobre los contaminantes orgánicos persistentes para proteger la salud humana y el medio ambiente.

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Ministerio de Medio Ambiente; Ley de Control de Sustancias Químicas (CSCL); Ácidos Perfluorocarboxílicos de Cadena Larga (LC-PFCA); Sales de LC-PFCA; Sustancias Relacionadas con LC-PFCA; Clorpirifós; Parafinas Cloradas de Cadena Media (MCCP); Sustancias Químicas Específicas de Clase I; Convenio de Estocolmo; Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP); Gestión Química; Restricciones a la Importación; Japón