La Agencia Sueca de Alimentos ha señalado los nuevos requisitos de importación de la UE para productos de origen animal que se aplicarán a partir del 3 de septiembre de 2026. Conforme a las nuevas normas, solo los terceros países incluidos en la lista aprobada de la UE podrán exportar los productos animales afectados a la UE. Los países exportadores deben demostrar el cumplimiento de los requisitos de la UE sobre el uso prudente de medicamentos antimicrobianos en animales productores de alimentos. La medida tiene como objetivo combatir la resistencia a los antimicrobianos y garantizar que los productos importados cumplan con normas equivalentes a las aplicadas dentro de la UE. En julio de 2026, la Agencia Sueca de Alimentos (Livsmedelsverket) publicó directrices sobre los nuevos requisitos de importación de la UE para productos de origen animal que entrarán en vigor el 3 de septiembre de 2026. Conforme al nuevo marco, solo los terceros países incluidos en la lista aprobada de la UE podrán exportar los productos de origen animal pertinentes a la UE. Para seguir siendo elegibles, las autoridades competentes de los países exportadores deben proporcionar garantías oficiales que demuestren el cumplimiento de las normas de la UE que restringen el uso de medicamentos antimicrobianos en animales productores de alimentos. La Agencia Sueca de Alimentos señaló que Brasil no figura actualmente en la lista aprobada. En consecuencia, las exportaciones de los productos afectados desde Brasil hacia la UE no estarán permitidas a partir del 3 de septiembre de 2026, a menos que el país demuestre posteriormente su cumplimiento y sea incluido en la lista aprobada. La medida pretende garantizar que los productos animales importados cumplan con las mismas normas de uso de antimicrobianos que los productos elaborados dentro de la UE, lo que respalda los esfuerzos para combatir la resistencia a los antimicrobianos y mantener un alto nivel de protección de la seguridad alimentaria.
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