Requisitos reglamentarios para productos de tabaco en México: una guía completa
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México ratificó el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (WHO FCTC) en 2004, lo que supuso un avance significativo en el control del tabaco. Desde entonces, el país ha implementado diversas medidas de control del tabaco, incluidas etiquetas de advertencia sanitaria gráfica (HWLs), políticas sin humo y restricciones a la publicidad y el patrocinio del tabaco. En este blog analizaremos los requisitos reglamentarios clave para los productos de tabaco en México, destacando la importancia del cumplimiento para los fabricantes e importadores.

Figura 1: Productos de tabaco prohibidos y permitidos en México

Cigarros

Tabaco sin humo

Productos de tabaco calentado (PTC)

Cigarrillos electrónicos

  • Se prohíbe la venta de cigarros a menores de dieciocho (18) años.
  • Se exigen advertencias sanitarias gráficas y de texto rotativas que cubran al menos el 30 % de la parte delantera, el 100 % de la parte trasera y el 100 % de uno (01) de los laterales de los envases de productos de tabaco para fumar.
  • Se prohíbe la venta de cigarros sueltos y paquetes pequeños de cigarros.
  • Los productos de tabaco oral, como las bolsitas de nicotina, están sujetos a las restricciones establecidas en la Ley General para el Control del Tabaco de México.
  • Para los productos de tabaco sin humo, se exige una advertencia de texto que debe cubrir el 100 % de una (01) de las caras laterales.
  • La venta y la importación de tabaco calentado se han prohibido en México en virtud de varios decretos.
  • La ley prohíbe el comercio, la venta, la distribución, la exhibición, la promoción y la producción de cigarrillos electrónicos.

Documentos necesarios para importar productos de tabaco en México

Se requieren los siguientes documentos para importar productos de tabaco a México:

  • Pedimento de Importación (Declaración de importación): Este documento es necesario para todos los cruces comerciales y debe ser declarado por el importador.
  • Factura comercial: La factura comercial debe incluir la fecha y el lugar de emisión, el nombre y la dirección del destinatario, una lista detallada de las mercancías, y el nombre y la dirección del proveedor.
  • Conocimiento de embarque: El conocimiento de embarque o la guía aérea de carga es necesario para el despacho aduanero.
  • Aviso sanitario de importación: Este documento debe elaborarse en papel membretado de la empresa y debe incluir el nombre del producto, la cantidad, el nombre y la dirección del productor, el nombre y la dirección del importador, el puerto de entrada y los números de arancel de importación aplicables.
  • Certificado de origen del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN): Este certificado es necesario para obtener los beneficios arancelarios del TLCAN.
  • Certificado de libre venta: Los exportadores de Estados Unidos (US) pueden solicitar el certificado de libre venta a través de la Oficina de Impuestos y Comercio de Alcohol y Tabaco (TTB).
  • Cumplimiento en materia de etiquetado y envasado: Los productos de tabaco deben cumplir con las normas de etiquetado y envasado, lo que incluye advertencias sanitarias y requisitos específicos de etiquetado.

Procedimiento para el registro de productos de tabaco en México

A continuación se presentan los pasos que los importadores deben seguir para registrar sus productos de tabaco en México:

  • Inscripción en el Padrón de Importadores: Los importadores deben registrarse en este padrón, el cual es administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
  • Inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos: Los importadores también deben registrarse en este padrón, el cual es específico para los productos de tabaco.
  • Obtención de un permiso de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS): Se requiere un permiso de la COFEPRIS para todos los productos de tabaco.
  • Cumplimiento de las normativas de etiquetado y envasado: Los productos de tabaco deben cumplir con las normativas de etiquetado y envasado, incluidas las advertencias sanitarias y los requisitos específicos de etiquetado.
  • Proporcionar información sobre el productor: A solicitud del Ministerio de Economía, es posible que el importador mexicano deba proporcionar información sobre el productor de la bebida, incluidos el nombre, la dirección, entre otros datos.
  • Precintas fiscales: A diferencia de las bebidas alcohólicas, la legislación mexicana no exige precintas o etiquetas fiscales en los productos de tabaco.

Advertencias sanitarias gráficas

México exige advertencias sanitarias gráficas que cubran el 30 % de la parte delantera, el 100 % de la parte trasera y uno (01) de los laterales de las cajetillas de cigarrillos. Esta medida tiene como objetivo informar a los consumidores sobre los riesgos asociados con el consumo de tabaco y, de este modo, reducir el atractivo de estos productos. La industria tabacalera ha respondido mediante el uso de inserciones y sobreinserciones para aumentar el espacio de comercialización en los paquetes, lo que pone de relieve la necesidad de aplicar eficazmente estas normativas.

Publicidad, promoción y patrocinio del tabaco

La publicidad y la promoción del tabaco, incluida la exhibición de productos en los puntos de venta, están prohibidas en México. Todas las formas de patrocinio del tabaco están prohibidas con el fin de reducir la influencia de la industria en las políticas de salud pública.

Contenido y divulgación de información sobre los cigarrillos

La legislación no otorga la autoridad para regular el contenido de los productos de tabaco. Sin embargo, se exige a los fabricantes e importadores que divulguen información sobre los componentes de los productos de tabaco a las autoridades gubernamentales y al público.

En conclusión, los requisitos reglamentarios de México para los productos de tabaco están diseñados para proteger la salud pública y reducir los daños causados por el consumo de tabaco. El cumplimiento de estas normativas es fundamental para los fabricantes e importadores, y el gobierno debe seguir priorizando su aplicación y abordando los retos planteados por la industria tabacalera. Las tendencias de mercado previstas para México indican que es poco probable que los productos de tabaco sin humo capten una cuota de mercado significativa en el futuro. Por lo tanto, las empresas deben centrarse estratégicamente en los productos de tabaco fumable, ya que se espera que sigan dominando la demanda de los consumidores en la región.

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