El 26 de marzo de 2026, los Países Bajos y Austria notificaron a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) su intención de elaborar una propuesta de restricción, en virtud del REACH , para determinadas fenil-p-fenilendiaminas (PPD) y otras fenilendiaminas para-sustituidas (PD), incluidas la 6PPD y compuestos relacionados utilizados en neumáticos de caucho y, potencialmente, en otros productos de caucho. La restricción propuesta abordaría las preocupaciones relativas a los riesgos inaceptables para el medio acuático asociados a la fabricación, la comercialización y el uso de estas sustancias. Las autoridades indicaron que, siempre que sea factible, se aplicará un enfoque de agrupación para evitar una sustitución indeseable por compuestos estructuralmente similares. El alcance químico exacto se determinará sobre la base de la información disponible sobre los análogos del 6PPD y podría abarcar sustancias pertenecientes a los grupos más amplios de las PPD y las PD. Las autoridades competentes de los Países Bajos y Austria están preparando conjuntamente el expediente de restricción del anexo XV. Se llevó a cabo una consulta de solicitud de pruebas del 17 de diciembre de 2025 al 6 de marzo de 2026, y se espera que el expediente de restricción se presente a ECHA 12 de marzo de 2027. El proceso de restricción se encuentra aún en la fase de «intención» y aún no ha avanzado hasta una propuesta formal de restricción ni se ha adoptado ninguna medida en virtud del REACH.
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