Las etiquetas de los productos de limpieza no son diferentes de las etiquetas de otros bienes de consumo cuando se trata de la divulgación de ingredientes. Las organizaciones deben aplicar prácticas de seguridad que protejan a los consumidores y trabajadores durante el uso.
La Ley de California sobre el Derecho a Saber de los Productos de Limpieza de 2017 (Proyecto de Ley del Senado de US 258) fue promulgada el 15 de octubre de 2017 y entró en vigor en 2020 y 2021. La regulación y los requisitos se resumen aquí para su fácil consulta:
¿Qué es la Ley del Derecho a Saber sobre Productos de Limpieza de California de 2017?
La Ley de California sobre el Derecho a Saber de los Productos de Limpieza es una ley que exige que la información detallada de los ingredientes se enumere y divulgue claramente en:
- Etiqueta del producto
- Sitio web del fabricante o de la empresa
¿Por qué es importante esta Ley?
La intención de la Ley es proporcionar a los consumidores y trabajadores información sobre los ingredientes del producto, lo que fomenta decisiones de compra informadas y reduce los impactos en la salud pública derivados de la exposición a productos químicos potencialmente dañinos utilizados en el producto, lo que en última instancia conduce a la transparencia de la cadena de suministro.
¿Qué productos de limpieza están sujetos a esta divulgación?
Los requisitos de divulgación de ingredientes de la Ley se aplican a los «productos designados», que son productos terminados destinados a fines de limpieza domésticos, institucionales o de conserjería. Incluyen:
- Productos para el cuidado del aire como ambientadores
- Productos para automóviles como ceras, pulimentos, limpiadores y tratamientos de superficies exteriores/interiores para vehículos de motor.
- Productos de limpieza general como limpiadores de suelos, cristales, alfombras y azulejos, desinfectantes, detergentes, etc.
- Productos para pulir o para el mantenimiento de suelos como pulimento, cera, restaurador, etc.
¿Qué productos están exentos de la Ley de Requisitos de Divulgación?
- Alimentos, medicamentos y cosméticos, incluidos productos de cuidado personal como pasta de dientes, champús, jabones de manos, desinfectantes de manos, etc.
- Productos industriales específicos se utilizan en la producción de petróleo y gas, la producción de acero, la fabricación de la industria pesada, el tratamiento de aguas industriales, el mantenimiento textil, el envasado y procesamiento de alimentos y bebidas.
- Muestras de prueba de producto designado que no está empaquetado para venta individual, reventa o venta al por menor.
¿Quién está obligado a divulgar?
La ley se aplica a:
- Fabricantes de productos designados vendidos en el Estado
- Distribuidores de marca privada
¿Cuáles son los requisitos de etiquetado?
Divulgación de ingredientes en la etiqueta del producto: La etiqueta del producto debe incluir:
- Una lista de todos los ingredientes añadidos intencionadamente contenidos en el producto designado, a menos que sea información comercial confidencial.
- Los ingredientes de fragancia o los colorantes pueden figurar en la etiqueta del producto como «fragancias» o «colorantes», respectivamente.
- Divulgación de los ingredientes añadidos intencionadamente y de cualquier ingrediente presente en cualquiera de las veintidós (22) listas designadas.
- Divulgación de alérgenos de fragancia presentes en una concentración igual o superior al 0,01 % (100 ppm) que figuran en el anexo III del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos de la UE. Si algún alérgeno de fragancia aparece en el producto, la frase “Contiene alérgeno(s) de fragancia” debe aparecer en la etiqueta.
- Los ingredientes incluidos en la lista de ingredientes que deben divulgarse deberán tener los siguientes sistemas de nomenclatura en el orden que se indica a continuación:
- Diccionario de Ingredientes de Productos de Consumo de la Asociación de Productos Domésticos y Comerciales (Diccionario HCPA) o Nomenclatura Internacional de Ingredientes Cosméticos (INCI)
- Nomenclatura de la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada (IUPAC)
- Nombre del índice de Chemical Abstracts
- Nombre químico común
- Un número gratuito del fabricante
- Una dirección de sitio web del fabricante que proporciona toda la información requerida por la Sección 108954.5 de la Ley.
Este requisito entró en vigor el 1 de enero de 2021, cuando se exigió a los fabricantes que mostraran la información de los ingredientes en la etiqueta del producto.
Divulgación de ingredientes en el sitio web: La página web de la empresa debe tener una página de producto que divulgue la siguiente información:
- Debe incluirse una lista de todos los ingredientes añadidos intencionadamente contenidos en el producto, excepto los siguientes:
- Ingredientes de fragancia sujetos a divulgación.
- Ingredientes añadidos intencionadamente que se consideran información comercial confidencial
- Los ingredientes añadidos intencionadamente que aparecen en el producto deben enumerarse en orden descendente de su peso, y para los ingredientes por debajo del 1%, pueden seguir sin respetar su orden de peso.
- Debe divulgarse una lista de todos los componentes no funcionales presentes en el producto terminado en una concentración igual o superior al 0,01 % (100 ppm), excepto el 1,4-dioxano, que debe divulgarse en una concentración igual o superior al 0,001 % (10 ppm).
- Número CAS de cada ingrediente listado ("no disponible" - si el número CAS no está disponible y "retenido" - en caso de una reclamación de información comercial confidencial)
- El nombre del ingrediente y su propósito funcional (fragancia o colorante) de los ingredientes añadidos intencionadamente
- Lista de todos los ingredientes de fragancia incluidos en la lista designada; lista de todos los alérgenos de fragancia incluidos en el Anexo III del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos de la UE que deben etiquetarse según el Reglamento (CE) n.º 648/2004 sobre detergentes de la UE, o actualizaciones posteriores de dichos reglamentos, cuando estén presentes en el producto en una concentración igual o superior al 0,01 % (100 ppm)
- Enlaces web a listas designadas para cualquier ingrediente declarado
- Un enlace a la Ficha de Datos de Seguridad (SDS) del producto
La divulgación en el sitio web fue efectiva a partir del 1 de enero de 2020. Un punto importante a tener en cuenta aquí es que todos los productos fabricados antes de las fechas límite mencionadas anteriormente pero vendidos después de la fecha límite deben mostrar la fecha de fabricación (día, mes y año) o un código que indique la fecha de fabricación en la etiqueta y en el sitio web.
Punto clave para los fabricantes
El Proyecto de Ley 258 del Senado de los US no tiene ambigüedades. Los fabricantes y distribuidores de marcas privadas deben cumplir con las regulaciones para ayudar a los clientes a tomar decisiones informadas al comprar el producto. Conocer los ingredientes reduce potencialmente el riesgo de peligros asociados con su uso, lo que marca una gran diferencia y otorga a los consumidores el merecido derecho de elección.
Debido a la inclusión de esta Ley de Derecho a Saber sobre Productos de Limpieza de California, Nueva York también está en proceso de decretar su propia Ley de requisitos de divulgación de ingredientes. En este contexto, el Departamento de Conservación Ambiental (DEC) está llevando a cabo un proceso de elaboración de normas para modificar el Programa de Divulgación de Información sobre Productos de Limpieza Domésticos. No limitado solo a los estados, minoristas como Walmart y Target también están publicando sus propias políticas de divulgación de químicos e ingredientes, ya que la transparencia de la cadena de suministro está saliendo a la luz y los consumidores esperan más claridad en el etiquetado de los productos.
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