Argentina ha aprobado el Decreto 892/2025, que introduce una importante reforma para simplificar el acceso al mercado de los productos importados mediante el reconocimiento del cumplimiento técnico extranjero. En virtud del nuevo marco, se considera que los requisitos de importación se cumplen cuando los productos ya se ajustan a la normativa de los países de referencia designados, cuentan con certificaciones de organismos de certificación internacionales acreditados o están respaldados por informes de ensayo de laboratorios acreditados. Este enfoque reduce significativamente la duplicación de ensayos y certificaciones locales, acelerando las aprobaciones, reduciendo los costes de cumplimiento y mejorando la previsibilidad para importadores y fabricantes. Argentina reconocerá las autorizaciones y el cumplimiento de Australia, los países de la AELC, Member States de la UE, Estados Unidos, Israel, Japón y el Reino Unido. Los productos comercializados o certificados legalmente en estas jurisdicciones podrán entrar en el mercado argentino sin someterse a evaluaciones técnicas locales adicionales, siempre que se cumplan condiciones específicas. La reforma beneficia a una amplia gama de productos no alimentarios regulados, incluidos los productos sanitarios de riesgo bajo y medio, determinados productos de diagnóstico in vitro, cosméticos y productos de higiene personal, productos de limpieza del hogar y algunos productos veterinarios. Sin embargo, quedan excluidas categorías sensibles como los alimentos, los medicamentos de uso humano, los fertilizantes, los productos agrícolas sin procesar, los productos usados, las armas, los productos químicos peligrosos y los productos sujetos a regímenes jurídicos especiales. El nuevo régimen entrará en vigor 60 días después de su publicación.