La Autoridad de Seguridad Alimentaria y Estándares de la India (FSSAI) publicó un Proyecto de Notificación el 14 de septiembre de 2022, que modifica el Reglamento de Seguridad Alimentaria y Estándares (Etiquetado y Exhibición) de 2020. Estas regulaciones podrán denominarse Reglamento de Seguridad Alimentaria y Estándares (Etiquetado y Exhibición) (Enmienda) de 2022. Entrarán en vigor en la fecha de su publicación final en el Boletín Oficial. El cumplimiento será voluntario hasta 48 meses después de la fecha de notificación final de estas regulaciones y se espera que sea obligatorio a partir de entonces.
A continuación, se destacan los puntos clave de la enmienda
- La definición de Etiquetado Nutricional Frontal (FOPNL) y de alimentos con alto contenido de grasas, azúcares y sal (HFSS) se añade a la reglamentación modificada.
- El nombre de los ingredientes utilizados en el producto deberá figurar en orden descendente de su composición por peso o volumen, en el momento de su fabricación; siempre que se declare el porcentaje de frutas, verduras, frutos secos, legumbres y mijo, si están presentes en el producto alimenticio.
- La fibra alimentaria (g) también debe declararse para la información nutricional por cada 100 g o 100 ml o por envase de consumo individual del producto
- La declaración de Calificación Nutricional India (INR) en FOPNL constituye una parte importante de esta enmienda.
- Las siguientes categorías explican con más detalle cómo mostrar el INR
- Valores de referencia iniciales y categorías
- Para el Etiquetado Nutricional Frontal (FOPNL), se consideran en el cálculo para la clasificación de alimentos sólidos o líquidos específicos los valores de referencia base de cuatro (04) factores que aumentan el riesgo para la salud, es decir, energía, azúcares totales, grasas saturadas y sodio por cada 100 g o 100 ml del producto; y el porcentaje mínimo de nutrientes positivos, a saber, frutas y verduras (FV); frutos secos, legumbres y mijo (NLM), fibra y proteínas.
- Además, todos los productos alimenticios procesados y envasados cubiertos por la normativa FSS vigente se clasifican en tres (03) categorías:
- Categoría I (Alimentos sólidos),
- Categoría II (Alimentos líquidos)
- Categoría III (Exento de FOPNL)
- El sistema de formato de visualización pictórico se denominará Calificación Nutricional India (INR).
- Formato de visualización de imágenes
- Todo alimento envasado, excepto aquellos exentos de información nutricional según estas regulaciones, deberá mostrar el formato prescrito (INR) en la parte frontal del envase, calculado en función de la contribución de energía (en kilocalorías; kcal), grasas saturadas (g), azúcares totales (g), sodio (mg) y nutrientes positivos por cada 100 g de alimento sólido o 100 ml de alimento líquido, utilizando la siguiente fórmula:
- Puntuación final de INR = (puntos de referencia de INR) – [(puntos INR FV*) + (puntos INR NLM*) + (puntos INR P*) + (puntos INR F*)]
- Los puntos de línea base, puntos FV, puntos NLM, puntos P y puntos F se detallan más en el borrador de la notificación y deben elegirse según la categoría de producto correspondiente.
- Valores de referencia iniciales y categorías
El sistema INR califica el perfil nutricional general de los alimentos envasados asignándole una calificación de media (½) estrella (menos saludable) a cinco (05) estrellas (más saludable). Más estrellas indican que el producto alimenticio está mejor posicionado para satisfacer la necesidad diaria de nutrientes del ser humano.
El formato del logotipo para INR es el que se indica a continuación:

- Generación de logotipo INR
- El FBO deberá presentar el perfil nutricional relevante de su producto en el sistema FoSCoS para generar la puntuación INR respectiva y el logotipo con o sin la información interpretativa opcional.
- Los productos alimenticios con un logotipo de leche, según lo especificado en el Reglamento de Seguridad Alimentaria y Normas (Normas de Productos Alimenticios y Aditivos Alimentarios) de 2011, estarán exentos del ámbito de aplicación de la definición de HFSS.
- FSSAI ha introducido además las guías de los Anexos III y IV sobre el cálculo correcto de la calificación INR y las listas de alimentos exentos.
En resumen, los Operadores de Empresas Alimentarias (FBOs) deben estar preparados para cumplir con estas regulaciones para una entrada conforme al mercado indio. Para saber más y hablar con nuestros expertos, por favor póngase en contacto con Freyr.