El Gobierno de Costa Rica ha notificado al Comité de la Organización Mundial del Comercio (OMC) un proyecto de reglamento técnico relativo a los productos de nicotina; dicho proyecto establece una prohibición total del registro, la importación, la exportación, la fabricación, la formulación, el almacenamiento, la distribución, el transporte, el reenvasado, el reetiquetado, la manipulación, la venta, la comercialización y la mezcla de productos no terapéuticos y no combustibles destinados a la administración oral de nicotina en cualquier formato. Según la notificación, la medida se justifica por motivos de protección de la salud y la seguridad humanas, así como de protección del medio ambiente. Si se aprueba, el reglamento entraría en vigor seis meses después de su publicación en la Gaceta Oficial. Las partes interesadas pueden presentar comentarios en un plazo de 60 días a partir de la fecha de notificación, con fecha límite el 13 de abril de 2026. Los comentarios deben dirigirse al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a través del Centro de Información sobre Barreras Técnicas al Comercio (CIOT).

Noticias para el consumidor: Región
Etiquetas de noticias para consumidores
Organización Mundial del Comercio (OMC); Prohibición de la nicotina de uso oral; No terapéutico; Productos de nicotina; Reglamento técnico RTCR-525:2025; Protección de la salud pública