El 11 de febrero de 2026, el Ministerio de Clima, Energía y Medio Ambiente publicó un aviso legislativo en el que se proponían modificaciones parciales al Reglamento de aplicación de la Ley de registro y evaluación de sustancias químicas, de conformidad con el artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo. El período de consulta pública está abierto del 11 de febrero al 23 de marzo de 2026. La revisión tiene por objeto armonizar el Reglamento de aplicación con la ley matriz modificada (Ley n.º 21132), que entrará en vigor el 12 de mayo de 2026, y establecer procedimientos más claros y prácticos para los procesos reglamentarios clave. La propuesta reorganiza las disposiciones sobre la presentación conjunta para mejorar su usabilidad y elimina los requisitos que se solapan, al tiempo que introduce nuevos artículos que establecen mecanismos formales para la mediación de controversias, el aplazamiento o la prórroga de plazos y las obligaciones de notificación cuando cambia el representante designado de un fabricante extranjero. Estas medidas están diseñadas para facilitar el intercambio de datos, mantener la continuidad de los registros y garantizar la coherencia administrativa. La modificación establece específicamente procedimientos para lo siguiente: A. Mediación de controversias que surjan durante la presentación conjunta y el uso conjunto de los datos de registro. B. Solicitud de aplazamiento o prórroga de los plazos de presentación de datos que requieran el consentimiento del titular. C. Notificación coherente de la sucesión del trabajo existente cuando cambie el representante designado de un fabricante o productor extranjero. En general, los cambios propuestos tienen por objeto mejorar la transparencia, la eficiencia de los procedimientos y la equidad en las prácticasREACH y gestión de datosREACH tanto para las partes interesadas nacionales como extranjeras.
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