El 3 de marzo de 2026, la Organización Mundial del Comercio (OMC) distribuye una notificación complementaria de Chile relativa a novedades normativas sobre los plásticos de un solo uso y las botellas de plástico. El miembro notificante es Chile, y el organismo responsable es el Ministerio de Medio Ambiente. La notificación se refiere a los productos afectados, incluidos los productos de plástico de un solo uso y las botellas de plástico para bebidas, que están regulados por la legislación nacional destinada a reducir los residuos plásticos y promover prácticas de consumo sostenible. El documento notificado se refiere al Anteproyecto de Reglamento de aplicación de la Ley n.º 21.368, que regula la distribución de plásticos de un solo uso y botellas de plástico, y modifica las disposiciones legales relacionadas. La descripción del contenido indica que la Ley n.º 21.794 se publicó oficialmente el 24 de enero de 2026, introduciendo modificaciones a la Ley n.º 21.368, que regula la distribución y la gestión de los plásticos de un solo uso y las botellas de plástico en Chile. La actualización legislativa también pospone la entrada en vigor del Decreto n.º 30/2024 del MMA, notificado previamente a los Miembros de la OMC. Este ajuste modifica el calendario de aplicación de determinadas disposiciones reglamentarias relacionadas con el control y la distribución de plásticos de un solo uso. La medida forma parte de la política medioambiental más amplia de Chile, destinada a reforzar la gestión de los residuos plásticos, fomentar la distribución responsable de productos y armonizar la normativa nacional con los objetivos de sostenibilidad y protección del medio ambiente.