Malasia publicó el Reglamento sobre Alimentos (Enmienda) (n.º 2) de 2025, con el número de referencia P.U. (A) 275, en el Boletín Oficial del Gobierno Federal, por el que se modifica el Reglamento sobre Alimentos de 1985 [P.U. (A) 437/1985] de conformidad con el artículo 34 de la Ley de Alimentos de 1983 [Ley 281]. Las modificaciones entrarán en vigor el 1 de marzo de 2026.

Una característica clave de la modificación es la introducción de la nueva Norma 130A, que define y regula oficialmente la miel de kelulut (miel de abejas sin aguijón). La miel de kelulut se define como una sustancia dulce natural con una acidez específica, producida por abejas sin aguijón del género Meliponini a partir del néctar de las plantas o de secreciones de partes vivas de las mismas, que las abejas transforman, almacenan en tarros naturales de propóleos y dejan madurar.

Normas de composición de la miel de Kelulut

Según la nueva normativa, la miel de kelulut debe cumplir los siguientes requisitos obligatorios en cuanto a su composición:

Trealulosa: no menos del 6 %

Humedad: no superior al 22 %

Cenizas: no más del 1,0 %

Fructosa: no más del 40 %

Glucosa: no más del 40 %

Sacarosa: no más del 10 %

Hidroximetilfurfural (HMF): no más de 80 mg

Rango de pH: 2,5 a 3,8

Requisitos de etiquetado

La enmienda establece que cualquier envase que contenga miel de kelulut debe llevar claramente las palabras «miel de kelulut» en la etiqueta, lo que garantiza una identificación clara del producto y evita indicaciones engañosas.

Normas microbiológicas

El reglamento modifica asimismo el anexo XV del Reglamento sobre productos alimenticios de 1985 mediante la introducción de criterios microbiológicos para la miel de kelulut. Los límites especificados son:

Recuento total de gérmenes a 37 °C durante 48 horas: no más de 1 × 10³ por gramo

Recuento de coliformes a 37 °C durante 48 horas: no más de 10 por gramo

Escherichia coli: se requiere su ausencia

Impacto normativo

Estas modificaciones establecen, por primera vez, un marco jurídico claro que regula la identidad, la composición, el etiquetado y la calidad microbiológica de la miel de kelulut en Malasia. Las medidas tienen por objeto mejorar la seguridad alimentaria, la normalización de los productos y la confianza de los consumidores, al tiempo que proporcionan seguridad jurídica a los productores, importadores y distribuidores de miel de kelulut.

Los operadores del sector alimentario que comercialicen miel de kelulut en el mercado malasio deberán garantizar el pleno cumplimiento de la normativa antes del 1 de marzo de 2026.

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Malasia, normas sobre la miel de abejas kelulut.